Somos un grupo de abogados, cuya meta es asesorar en cada paso a nuestros clientes, brindando orientación, alternativas de soluciones rápidas, efectivas y precisas para cada situación. Cada caso es único y es por ello que analizamos riesgos y estrategias eficaces para abordar situaciones de todo tipo ya sea en el ámbito familiar, empresarial o en otro.
¿Qué es la Mediación Familiar?
La mediación familiar es paso previo y obligatorio antes de iniciar una demanda judicial, por materias en Pensión de Alimentos, Relación Directa y Regular (visitas) y Cuidado personal.
La Mediación Familiar es un método alternativo en la resolución de conflictos en el ámbito del Derecho de Familia, en que son asistidos por un Mediador, quien es un tercero imparcial y sin poder de decisión, facilita la comunicación entre las partes a que lleguen a un acuerdo. Los acuerdos alcanzados ante el mediador, tienen el mismo valor juridico que una sentencia, además es un proceso rápido y más económico.
Te explicamos las materias que pueden ser sometidas a Mediación Familiar.
Derecho Alimentos
Este derecho de alimentos no sólo se refiere a la alimentación que se consume, sino a la vestimenta, el techo, la eduación, etc.
Esta suma de dinero es la que se llama Pensión de Alimentos.
En una mediación familiar se puede pedir alimentos por primera vez, también se puede solicitar la rebaja o aumento de alimentos, y el cese de alimentos.
Relación directa y regular
Lo que conocemos como "Visitas", es un derecho - deber que tiene el padre o madre que no ejerce el cuidado personal, con el fin de mantener el vinculo familiar de forma constante a través del contacto periódico y estable.
Cuidado Personal
El cuidado personal es el derecho y deber que tienen los padres de cuidar, criar y educar personalmente a los hijos.
¿Cómo puede terminar la Mediación?
CON ACUERDO
En caso que los interesados lleguen a un acuerdo ya sea total o parcial sobre los temas que se traten en la sesión de mediación, se redactará un Acta de Acuerdo, que hará el mediador y lo firmaran los interesados, este documento se enviará al Tribunal de Familia correspondiente, para que sea revisado y aprobado. Una vez que aprobado, el acta de acuerdo tiene el carácter de sentencia ejecutoriada.
SIN ACUERDO
Cuando los interesados no llegan a un acuerdo. Se emitirá un certificado de Mediación Frustrada, que faculta al solicitante a iniciar una demanda.
Cuando uno de las interesados no asiste, se da por frustrada la mediación y se emite un Certificado de Mediación Frustrada, que faculta al solicitante para continuar la tramitación en el tribunal de Familia correspondiente.
Sabias que...
La ley establece que, antes de comenzar un juicio, las partes deben hacer una mediación para intentar llegar a un acuerdo.
Las Materias que son obligatorias en la mediación son :
1.- Derecho de Alimentos
2.- Relación Directa y Regular
3.- Cuidado Personal
Hay materias voluntarias que pueden ser sometidas a mediación, como por ejemplo:
- Autorizacion para salir del
país
- Declaración de un bien
familiar
- y otros temas.
La ley 21.484 sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos, ha establecido un mecanismo de pago permanente de la deuda de pensión de alimentos, que mantiene la persona deudora con uno o más de sus hijos y/o hijas.
Cuando se encuentren decretados los alimentos y, estando la deuda de alimentos liquidada, se pide al tribunal competente deberá iniciar una investigación del patrimonio activo del deudor bajo reserva.
El tribunal decretará una medida cautelar de retención de los fondos del deudor en las cuentas bancarias y/o instrumentos financieros o de inversión, cuando aquellos sean habidos, hasta un monto equivalente al total de la deuda actualmente exigible, el que deberá ser expresado en la resolución.
Extraordinariamente, siempre que hubiere 3 pensiones adeudadas continuas o discontinuas y el alimentante no mantenga fondos en cuentas bancarias o instrumentos financieros o de inversión, o que habiendo fondos éstos sean insuficientes para el pago de la deuda, la parte alimentaria podrá solicitar al tribunal que consulte los saldos que éste mantiene en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias de su AFP, comunicando a esta entidad la prohibición de que el deudor cambie de institución de administración de fondos de pensiones.
La AFP al cual este afiliado el deudor, tendrá un plazo de 5 días hábiles desde que le fuere notificada la resolución que ordena el pago de la deuda. En caso de que la AFP no pague, esta será solidariamente responsable del pago de la obligación alimenticia.
Es importante que te asesores bien para poder hacer el cobro de deudas por alimentos, servicio que brindamos.
JURISDICCIÓN PARA HACER LA MEDIACIÓN FAMILIAR
Tenemos jurisdicción para mediar respecto del domicilio de alguna de las partes en alguna de las siguientes comunas de Santiago, las que corresponden a la jurisdicción del 1° 2° 3°, y 4° juzgado de familia de Santiago que son y estas comunas son:
– Cerrillos
– Conchali
– Estación central
– Huechuraba
– Independencia
– La Florida
– La Reina
– Las Condes
– Lo Barnechea
– Macul
- Maipú
– Ñuñoa
– Peñalolén
– Providencia
– Quilicura
– Recoleta
– Renca
– Santiago
- Vitacura
DERECHO FAMILIA
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Demanda por pension de Alimentos.
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Demanda Relación directa y regular.
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Demanda por Cuidado Personal
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Divorcio por Mutuo Acuerdo - Unilateral - Culposo.
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Autorizacion para salir del país.
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Liquidacion Sociedad Conyugal.
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Cobro de deudas por Pensión de Alimentos - Ley 21.484 Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensión de Alimentos.
DERECHO CIVIL
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Cambio de Nombre.
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Posesión Efectiva.
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Juicio Ejecutivo.
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Tercerias.
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Juicio de Arriendo.
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Herencia.
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Estudio de Titulos. Escrituración de Contrato de Compraventa.
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Confección de todo tipo de Mandatos.
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Transacción.
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Confección de Arriendo con Promesa de Compra.
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Confección de Contrato de Arriendo.
DERECHO LABORAL
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Nulidad del Despido.
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Despido indirecto.
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Tutela Laboral.
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Redacción de Carta de Autodespido.
EMPRESAS
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Constitución. modificación y Disolución de Sociedades.
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Cobro de Facturas
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